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Solo los asilados y/o refugiados pueden ser habilitados como candidatos, Carlos Brú y Rubén Vaca quedan inhabilitados

Feb 27, 2021 ,

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), con sede en Sucre, emitió el Auto Constitucional 001/2021-CA/5-ECA, que dispone la inhabilitación de candidatos que se postulan para las elecciones del 7 de marzo,.por no cumplir el requisito de permanencia mínima đe dos años en la ciudad o departamento para el que se postulan.

En esta resolución del 7 de enero de 2021 y publicada este viernes 26 de febrero, el TCP aclara que “SOLO LOS ASILADOS Y/O REFUGIADOS NO SERÁN INHABILITADOS” como candidatos y se respetan todos sus derechos políticos, aunque no hubieran permanecido dos años continuos en Bolivia, en la ciudad o departamento para el que  postulan.

Esta disposición inhabilita a Carlos Brú Cavero, candidato a alcalde de Yacuiba por el Movimiento Al Socialismo (MAS) y Rubén Vaca, candidato a alcalde de Villa Montes, por el MAS.

Brú Cavero fue viceministro de defensa civil, del expresidente Evo Morales,.con sede en La Paz y cónsul de Bolivia en Salta, Argentina, hasta 2019. Mientras que Vaca se desempeño como director de los ríos Pilcomayo y Bermejo, con sede en Tarija, igual hasta 2019.

Ambos estuvieron en esos cargos y ciudades de manera voluntaria, no en condición de asilados y/o refugiados.

RESOLUCIÓN DEL TCP

“NO ES POSIBLE APLICAR DICHA MEDIDA PARA QUIENES TENIENDO LA POSIBILIDAD O SIN TENER IMPEDIMIENTO ALGUNO, DECIDIERON DE MANERA VOLUNTARIA, ESTABLECER SU DOMICILIO O RESIDENCIA EN UNA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL DIFERENTE A LA QUE POSTULARON EN CALIDAD DE CANDIDATAS O CANDIDATOS”, señala de manera textual la resoluciòn de la Comisión de Admisión del TCP publicada este viernes.

El auto fue emitido a requerimiento de Freddy González, asambleísta departamental de Cochabamba, que solicitó “aclaración y enmienda” a una “medida cautelar” anterior resuelta por el TCP sobre el mismo tema.

Esta “medida cautelar” prohibía la inhabilitación de candidatos por falta de residencia de dos años, pero no aclaraba que solo era para asilados y/o refugiados políticos, lo que fue aprovechado por varios candidatos para habilitarse de manera ilegal.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Bolivia y los tribunales electorales  departamentales tienen un plazo de 72 horad para cumplir el suto del TCP.

FUENTE: https://reportechaco.com/